El pasado 21 de noviembre de 2025 se publicó en el BOJA la Resolución de 13 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se aprueban las condiciones técnicas para la ejecución de usos y aprovechamientos sometidos a régimen de comunicación previa.
En la citada resolución se indica las actuaciones que se pueden realizar solamente con comunicación previa 15 días hábiles antes del comienzo.
Estas medidas de simplificación administrativa ayudará a propiedades y gestores de fincas a realizar labores de silvicultura, prevención de incendios y mejora de pastos en nuestros montes, cuestiones que beneficiará también a la gestión cinegética de nuestros cotos de caza.
Actuaciones forestales como podas, resalveos, cortas de ejemplares muertos o desbroces son algunas de las acciones que entrarían en la comunicación previa, siempre y cuando, se cumpla con lo estipulado en las condiciones técnicas recogidos en el anexo I.
En el caso de los desbroces, en el anexo II indican las especies que se podrían desbrozar bajo «el paragüas» de la comunicación previa (jaras, lavandas y romero).
Consulta en esta sección, la resolución completa, los anexos y el formulario de comunicación previa.
Próximamente, cuando la Junta de Andalucía publique el formulario rellenable, lo subiremos a esta web para su descarga.
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